El Tribunal Administrativo del Cesar admitió la demanda de nulidad electoral contra la personera de Aguachica promovida por el señor Carlos Alberto Uribe Sandoval contra el acto administrativo contenido en el Acta de Sesión Ordinaria No. 051 del 6 de agosto de 2020, por medio del cual, el Concejo Municipal de Aguachica designó a Jhoana Caviedes Pabón, como Personera transitoria del municipio.
La providencia fechada el 15 de Octubre, ordena notificar a la representante del ministerio público y al presidente del concejo por representar la autoridad que expidió el acto demandado.
Según el demandante, la abogada Jhoana Caviedes Pabón se encuentra incursa en la inhabilidad contemplada por haber celebrado dentro del año anterior a su designación como personera transitoria de Aguachica – Cesar, un contrato de prestación de servicios profesionales con una entidad pública del nivel nacional como lo es la Defensoría del Pueblo, para ser ejecutado en el municipio de Aguachica – Cesar.
Cabe señalar que la profesional del derecho termina su transitoriedad el 6 de noviembre y es una de los dos aspirantes calificados para ser elegidos como personero en propiedad por el resto del periodo.